JUSTAmentePara que conste en acta

¿La autonomía departamental ante la Justicia?

El Vicegobernador está habilitado para asumir la suplencia por la ausencia temporal del Gobernador.

Así está lo dispone el mecanismo administrativo en el Estatuto Autonómico del departamento de Santa Cruz, Bolivia, que también fue resultado de la votación de los cruceños en Referéndum, al igual que la última elección por voto popular de la fórmula Camacho-Aguilera.

El artículo 25 de la máxima Ley Departamental establece con claridad las causales: “I. Ante la ausencia temporal de la Gobernadora o el Gobernador se produce la suplencia gubernamental, asumiendo la Vicegobernadora o el Vicegobernador las funciones de Gobernadora o de Gobernador.”  La ausencia temporal del Gobernador Camacho es evidente (privado de libertad preventivamente en el Centro Penitenciario de San Pedro de Chonchocoro, en el departamento de La Paz, Bolivia) y el Estatuto prevé que la administración departamental continúe, en tanto se reincorpore a sus funciones, con el ejercicio interino y temporal del Vicegobernador.

El artículo 26 de la misma normativa define la modalidad de pérdida de mandato del Gobernador y sólo se produce si éste renuncia ante la Asamblea, si la ausencia o el impedimento son definitivos, si tiene una sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal.  En la situación actual, el Gobernador Camacho sigue siendo Gobernador titular.

Se reclama el Estado de Derecho, pero no se lo practica. Han elegido denigrar al Vicegobernador habilitado para asumir, a pesar de que fue elegido con los mismos votos que el Gobernador y en candidatura electoral conjunta. Han elegido llegar a que la administración judicial dirima un asunto de plena autonomía departamental, en vez de hacer funcionar los mecanismos de la misma y que la suplencia se produzca de forma natural apegada a la ley.  Los asuntos personales o políticos que distancien a ambas autoridades no son causal de negación de la ley.  Sus problemas deben resolverlos (o no) en otro ámbito fuera de la administración del Gobierno Departamental.

Lo antinatura, abusivo e ilegal fue el secuestro del Gobernador Camacho. En un país donde rige el Estado de Derecho, de existir una orden de aprehensión fiscal, se presenta la Fiscalía y la Policía ante el sindicado y ejecuta la orden de aprehensión, en vez de organizar un operativo más parecido al terrorismo de Estado.

Plaza 24 de Septiembre. Km. 0 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, capital del departamento de Santa Cruz, Bolivia. Vista de la acera norte donde se encuentra la Casa de Gobierno Departamental.

Plaza 24 de Septiembre. Km. 0 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, capital del departamento de Santa Cruz, Bolivia. Vista de la acera norte donde se encuentra la Casa de Gobierno Departamental.

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